Si la Guardia Nacional graba y toma fotos en el Metro, ¿está permitido?

CDMX, a 9 de febrero de 2023.- Hace prácticamente un mes, la CDMX se sacudió con la noticia de que el Metro registró el choque de dos trenes de la línea 3 y, a partir de entonces, el gobierno local implementó nuevas medidas de seguridad, como fue el desplazamiento de seis mil 600 efectivos de la Guardia Nacional para vigilar las instalaciones de la red y, algo que llamó la atención, en ese entonces, fue que los militares empezaron a grabar videos y tomar fotos del acontecer en las 193 estaciones.

Al respecto, Expo Seguridad México, en voz de su director Jorge Hagg, expresó que debido a que en este evento anual se exhibe tecnología, se difunden buenas prácticas relacionadas con la vigilancia, la captura y el tratamiento de datos, considera de relevancia que el público en general se entere sobre los detalles que revisten la videograbación y captura de imágenes llevadas a cabo por las fuerzas del orden.

Vale la pena señalar que el sitio de información del Sistema de Transporte Colectivo indica que para que alguien grabe, filme y tome fotografías en sus instalaciones, debe solicitar un permiso mediante un oficio que responderán las autoridades entre 15 y 20 días hábiles, aunque, por otro lado, cabe decir que el Manual del Metro, editado por el mismo organismo, no incluye alguna indicación al respecto.

Para empezar, y de acuerdo con Gigi Agassini, vocera de Expo Seguridad México, la Constitución Federal no indica de directamente si se permite o no grabar a una persona sin su consentimiento; solo su artículo 6o. hace mención de que “el derecho a la información será garantizado por el Estado”, y en su párrafo II dice que “La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes”.

Ahora bien, los efectivos de la Guardia Nacional que video graban y toman fotos, en el caso de que lo siguieran haciendo, no deberían usar teléfonos personales para su uso laboral, sino que la institución gubernamental tendría que entregarles equipos que cumplan con básicos de ciberseguridad y políticas para tratar la información propiamente, con base en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (LGPDPPSO) que indica:

El responsable podrá tratar los datos personales para finalidades distintas a aquellas establecidas en el aviso de privacidad, siempre y cuando cuente con atribuciones conferidas en la ley y medie el consentimiento del titular, salvo que sea una persona reportada como desaparecida.

El responsable no deberá obtener y tratar datos personales a través de medios engañosos o fraudulentos.

Además de los contenidos del aviso de privacidad simplificado, deberá incluir:

El fundamento legal que faculta al responsable para llevar a cabo el tratamiento de los datos personales.

Por ello, el personal de la Guardia Nacional debe entregar, los videos o fotografías, a sus superiores o a quienes indiquen sus procesos, según la investigación que se trate; estos mismos procesos deben aclarar cómo va a tratarse la información y tienen que fundamentarse en un estándar internacional, como el ISO-27001, de acuerdo con nuestra LGPDPPSO, regulada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI)”, explicó Agassini.

Ahora bien, la misma experta explica que los usuarios podrían sentirse afectados al ser fotografiados o videograbados, y por ello la Guardia Nacional debería tener un aviso de privacidad que determine las finalidades del tratamiento y la forma en que los ciudadanos pueden ejercer sus derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición), los cuales permiten al ciudadano obtener información sobre sus datos personales y el tratamiento que se les da: cuál es su origen, finalidad y de qué forma se estarán comunicando o compartiendo, de acuerdo con lineamientos oficiales”.

En este sentido, es importante mencionar que “los datos personales” incluyen cualquier información relativa a una persona física, la identifica o la hace identificable; nos describen, nos dan identidad, nos caracterizan y diferencian de otros individuos, así que un video y una fotografía son un “dato personal”.

Por su parte, Jorge Hagg recordó que, durante Expo Seguridad México, del 18 al 20 de abril, los asistentes conocerán los avances tecnológicos en video vigilancia, asistir a las conferencias de diversos temas relacionados con la seguridad y actualizarse en las mejores prácticas y tendencias. “El registro gratuito ya puede realizarse en el siguiente enlace https://n9.cl/gpogz . Los esperamos”.

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